ALQUILER DE VIVIENDAS. REGISTRO DE VIVIENDAS TRURISTICAS.
¿Vas a alquilar una vivienda este verano?
Tendrás que registrar la vivienda en la Consejería de Turismo de la Junta de Andalucía.
Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos y de modificación del Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos turísticos (BOJA núm 28, de 11 de febrero de 2016).
Tengo una vivienda en Andalucía, ubicada en suelo de uso residencial y la quiero alquilar por temporadas ( días, semanas….), ¿se considera entonces que se trata de una vivienda con fines turísticos?
Sí, si se ofrece mediante precio el servicio de alojamiento, de forma habitual y con fines turísticos, esto es, cuando la vivienda sea comercializada o promocionada en canales de oferta turística. Indistintamente si la vivienda es completa o por habitaciones.
Desde Estudio de Arquitectura Almeria, le ayudamos a gestionar y regularizar la vivienda a alquilar, no dudes en consultarnos.
Nos encontraras en el móvil 629752760.