LEGALIDAD EN LAS OBRAS.

LEGALIDAD EN LAS OBRAS.

Desde ArquiCAP/ Arquitecto Técnico Almería, Estudio de Arquitectura Almería, queremos aclarar una cuestión muy importante en el proceso constructivo, legalidad en las obras.

Clasificación de las OBRAS / REFORMAS:

  • Obra Mayor: Obras en las que ademas de reformar un inmueble, también se interviene en estructura (de Hormigón, Metálica, Madera o de Ladrillo) y/o también se modifican los espacios ganando o perdiendo edificabilidad o modificando su uso.

Requisitos para hacer una Obra Mayor (por este orden):

PROYECTO TÉCNICO.

Licencia concedida por el Excmo Ayuntamiento.

NOMBRAMIENTO DE ARQUITECTO TÉCNICO DIRECTOR DE LA OBRA ( En la mayoría de los casos Arquitecto y Arquitecto Técnico). Muy importante, con la realización del Proyecto y de la Dirección Técnica, se esta comprometiendo a dos Técnicos que ademas tienen contratado un Seguro de Responsabilidad Civil para ejercer como Arquitecto y Arquitecto Técnico el cual y según los plazos establecidos según ley, serán responsables del diseño y ejecución de las obras realizadas.

  • Obra Menor: Obras en las que no se interviene en estructura ni en modificación de edificabilidad.

Requisitos para hacer una Obra Menor (por este orden):

PROYECTO TÉCNICO.

Licencia concedida por el Excmo Ayuntamiento.

NOMBRAMIENTO DE ARQUITECTO TÉCNICO DIRECTOR DE LA OBRA (Arquitecto Técnico). Muy importante, con la realización del Proyecto y de la Dirección Técnica, se esta comprometiendo al Técnico que ademas tiene contratado un Seguro de Responsabilidad Civil para ejercer como Arquitecto Técnico el cual y según los plazos establecidos según ley, será responsable del diseño y ejecución de las obras realizadas.

  • Obra Menor sin Proyecto: Obras a realizar en un inmueble en el interior de la misma, solamente sustituciones o modificación de tabiquerías y revestimientos.

Requisitos para hacer una Obra Menor sin Proyecto (por este orden):

Licencia concedida por el Excmo Ayuntamiento.

 

Es bien sabido las responsabilidades del PROMOTOR (persona que inicia a su cargo una obra, mayor o menor) y las del CONSTRUCTOR, no solamente por infracción urbanística (multas, sanciones, embargos) también por ACCIDENTE LABORAL, aumentando la estadística en obras menores en los últimos años y que en su totalidad acaban en procedimientos por la vía PENAL.

No quiero olvidarme tampoco de los PRESIDENTES DE COMUNIDADES, personas que autorizan en residenciales (con acuerdos entre comuneros) obras que en la mayoría de los casos son ilegales y que piensan que no tienen ninguna responsabilidad.

No nos gusta hablar de estos temas, pero hay que tenerlos muy presentes para el bien de todos.